Sábado 11 de Febrero de 2012

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VolantaExime de responsabilidad a centros de esquí

Justicia: Fallo clave para la industria de la nieve

12 de Agosto 2009 | Categoría: Institucionales

La Cámara Nacional en lo Civil, Sala A, dictó un fallo de gran relevancia para la industria de la nieve al eximir de responsabilidad a un centro de esquí por los daños producidos a un esquiador por un tercero que ejecutó una maniobra irresponsable. La sentencia de primera instancia había condenado al esquiador imprudente y al centro de esquí, al que le atribuyó una responsabilidad objetiva que implicaría la obligación de mantener indemne a la víctima durante todo el tiempo en que practique el deporte, aún en el caso de que el daño haya sido causado por el accionar imprudente de un tercero.

De haberse mantenido esta decisión, los centros de esquí se habrían visto obligados a contratar seguros para mantener ilesos a cada uno de sus clientes durante todo el tiempo que éstos estuvieran en el centro, además de responsabilizarse por los daños que pudieran ocasionarse en el accionar negligente de esquiadores que le sean ajenos.

La Cámara Civil revocó la sentencia de primera instancia, sosteniendo que la culpa recaía exclusivamente en el esquiador. Y al entender que el centro de esquí había brindado un servicio seguro, consideró que no podía exigírsele una vigilancia individual de la conducta de cada esquiador, pues ello excedería el deber de seguridad emergente del contrato.

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