Martes 22 de Mayo de 2012

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VolantaUn gran logro para las agencias porteñas

Ya es ley la rebaja en Ingresos Brutos

19 de Enero 2009 | Categoría: Institucionales
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Hernán Lombardi, ministro de Cultura y titular del Ente Turismo de Buenos Aires, dio a conocer el lunes pasado, en la sede de la Asociación de Agencias de Viajes y Turismo de Buenos Aires (Aviabue), que ya es ley el proyecto enviado en diciembre a la Legislatura porteña que reconoce a los agentes de viajes mayoristas y minoristas como intermediarios, por el cual pagarán Ingresos Brutos únicamente por su comisión. Esto significa que tributarán sobre la diferencia entre el monto que se recibe del cliente y lo que se destina a la cadena de prestadores de servicios que intervienen en un viaje, y no sobre el costo total

El anuncio lo hizo en compañía del presidente de Aviabue, Fabricio Di Giambattista, quien manifestó su satisfacción por el anuncio de una medida perseguida hace años por el sector, para la cual “faltaba decisión política”.

El proyecto nos da el marco legal para trabajar en forma segura, es muy importante para nuestra actividad y cierra un período de litigios entre el sector y el Gobierno de la Ciudad ”, agregó.

Según Lombardi, la idea era “resolver una cuestión de inseguridad jurídica para las agencias de viaje, que cumplen un rol central en la cadena de valor del turismo”.

Hay que alinear todos los temas tributarios, es el momento de poner claridad y llevar tranquilidad al sector, de que el Estado incentive el desarrollo de la actividad turística”, aseveró Lombardi, en tanto señaló que es una buena oportunidad para revisar a nivel nacional el tema del impuesto al cheque.

El artículo 60, inciso 9, de la Ley 2998 determina que de conformidad con lo dispuesto por el Código Fiscal, “se establece para las actividades que se enumeran a continuación, las tasas que en cada caso se indican: agencias o empresas de turismo por los servicios de intermediación, entendiéndose por tales a la diferencia entre el monto que se recibe del cliente por servicios turísticos específicos y los valores que deben transferirse al comitente por dichos servicios en el período fiscal, 4,50 por ciento”.

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